Abonado a las Piscinas Municipales
A través de este Servicio, el Ayuntamiento de Gijón pretende fomentar, promocionar y divulgar la práctica deportiva de la natación entre sus ciudadanos. La ventaja de esta modalidad de acceso conlleva la utilización de las piscinas municipales de forma ilimitada, así como la bonificación de las tarifas de uso de los gimnasios y saunas municipales.
Tipos de abono y tarifas| Abonado individual | Cuota de inscripción | Cuota mensual |
|---|---|---|
| Adulto (14 a 64 años) | 43,90 euros | 11,80 euros |
| Niños (0 a 13 años) | 29,20 euros | 7,40 euros |
| Mayores ( a partir de 65 años) | 29,20 euros | 7,40 euros |
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Abonado familiar Podrán ser abonados familiares los de primer grado que convivan con el titular |
Tarifas |
|---|---|
| Cuota de inscripción | 72,90 € |
| Mensualidades primer miembro | 11,80 € |
| Mensualidades por cada miembro restante | 6,30 € |
| Cambio de abonado individual a familiar | 29,00 € |
Este Servicio tiene como objetivo facilitar el acceso de todos los ciudadanos a las Piscina Municipales.
Cualquier persona interesada en disfrutar de este servicio. Aquellas personas que dominen el medio acuático podrán acceder a cualquier instalación. Los/as que no sepan nadar podrán acceder y utilizar únicamente los vasos / zonas no profundas de las piscinas de: El Llano, El Coto, La Calzada, Pumarín "Gijón-Sur" y La Camocha.
- Cumplimentando el impreso qe se facilitará para ello en las Piscinas Municipales y en las Oficinas de Atención al Ciudadano, presentándolo en estas últimas.
- Efectuando el pago de la cuota de inscripción y la/s primera/s mensualidad/es en el momento de realizar el trámite
- Autorizando la domiciliación bancaria del resto de recibos que se pasarán al cobro de carácter bimestral o anual.
- Una fotografía por persona, y en el caso de abonado familiar, la fotocopia del libro de familia, o el acta emitido por el Registro Municipal de Parejas de Hecho.
- Fotocopia del DNI del primer o único abonado, o bien autorización expresa para su consulta, y nº del DNI del resto de abonados familiares mayores de 14 años.
- Los hijos y personas que convivan en el domicilio, mayores de 18 años, adjuntarán declaración jurada de convivencia o volante del Padrón.
- Todo abonado será provisto de un credencial, Tarjeta Ciudadana, con su fotografía, para que en todo momento pueda acreditar su condición ante los empleados de la instalación. Este documento en su primera emisión estará exento de pago de la tasa de expedición, pero en caso de pérdida o deterioro de esta primera tarjeta, el abonado deberá solicitar una nueva, abonando la tasa correspondiente según las Ordenanzas Reguladoras de Tributos y Precios Públicos Municipales.












